Oficina de Control Interno . Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes
Asesorar y apoyar a la Dirección General en la definición de las políticas referidas al diseño e implementación de los sistemas de control que contribuyan a incrementar la eficiencia y eficacia en las diferentes áreas de la entidad, así como la de garantizar la calidad en la prestación de los servicios del Instituto.
Diseñar y establecer, en coordinación con las diferentes dependencias del Instituto, los criterios, métodos, procedimientos e indicadores de eficiencia y productividad para evaluar la gestión y, proponer las medidas preventivas y correctivas del caso.
Coordinar, implementar y fomentar sistemas de control de gestión administrativa, financiera y de resultados institucionales.
Realizar evaluaciones periódicas sobre la ejecución del plan de acción de las diferentes dependencias y proponer las medidas preventivas y correctivas necesarias.
Verificar el cumplimiento de los requisitos administrativos y financieros de acuerdo con los procedimientos y control fiscal establecidos para el movimiento de fondos, valores y bienes de la entidad.
Velar por la correcta ejecución de las operaciones, convenios y contratos de la entidad y vigilar cómo se invierten los fondos públicos e informar a la Dirección General sobre las irregularidades que se presenten en el manejo de los mismos.
Vigilar que la prestación de los servicios por parte del Instituto, se efectúe de conformidad con las normas legales vigentes.
Vigilar que la atención de quejas y reclamos presentados por los ciudadanos en relación con la misión de la institución, se preste en forma oportuna eficiente y rendir los informes sobre el particular.
Diseñar e implementar un sistema de auditoría de sistemas de la entidad, estableciendo normas, metas y objetivos y efectuar el análisis de los resultados para la toma de acciones preventivas y correctivas.
Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades que busquen la máxima eficiencia en el cumplimiento de los trámites y en el desarrollo de las labores de cada dependencia.
Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las disposiciones legales vigentes.