Micelio

Artículo 5

La Escuela Funcionará En El Local Perteneciente Al Antiguo Departamento Nacional De Higiene, Carrera 12 Número 5-53 (Antigua Nomenclatura Número 11) De Esta Ciudad, Como Dependencia Del Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social, Y El Cual Se Adaptará Para Tal Efecto Mientras Se Construye El Edificio Que A Ésta Se Destinará En El Local Ubicado En La Ciudad Universitaria

Decreto 466 de 1943 · Por el cual se crea la Escuela Nacional Superior de Enfermeras

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 5° La Escuela funcionará en el local perteneciente al antiguo Departamento Nacional de Higiene, carrera 12 número 5-53 (antigua nomenclatura número 11) de esta ciudad, como dependencia del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, y el cual se adaptará para tal efecto mientras se construye el edificio que a ésta se destinará en el local ubicado en la Ciudad Universitaria.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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