°. Documentos confidenciales . Los documentos que las autoridades, el peticionario o las partes interesadas aporten con carácter confidencial, sólo podrán ser consultados por el Incómex. Toda transformación que se aporte como confidencial será, previa justificación al respecto, tratada como tal por el Incómex y no podrá ser revelada sin autorización de la parte que la haya presentado. Quien presente información confidencial deberá adjuntar resumen no confidencial de la misma, o señalar las razones por las cuales dicha información no puede ser resumida. Si el Incómex concluye que la solicitud no está justificada, y la parte interesada no quiere hacerla pública ni autorizar su divulgación en términos generales o resumidos, el Incómex podrá no tener en cuenta esa información a menos que se le demuestre de manera convincente, de fuente apropiada, que la información es exacta. No obstante lo anterior, el carácter reservado de un documento no será oponible a autoridades públicas que lo soliciten para el debido ejercicio de sus funciones. En este caso, correspondera a la autoridad solicitante asegurar la reserva de tales documentos. CAPITULO II Procedimiento de investigación
Decreto 152 de 1998 →Vigente
Artículo 5
Documentos Confidenciales
Decreto 152 de 1998 · por el cual se establecen los procedimientos y criterios para la adopción de medidas de salvaguardia general, salvaguardia de transición para productos comprendidos en el acuerdo sobre textiles y el vestido y, salvaguardia especial para productos agropecuarios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.