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Artículo 7

Funciones De La Comisión Intersectorial De Corredores Logísticos

Decreto 1478 de 2014 · por medio del cual se fijan lineamientos para el establecimiento de corredores logísticos de importancia estratégica para el país y para la articulación de los actores que convergen sobre estos, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones de la Comisión Intersectorial de Corredores Logísticos. La Comisión de que trata el presente Decreto tendrá las siguientes funciones

1.

Formular las recomendaciones para la adecuada articulación entre la infraestructura y los servicios de transporte que se prestan sobre los corredores logísticos de importancia estratégica.

2.

Emitir el concepto de viabilidad técnico-económica en relación con los proyectos de reglamentación para el flujo de los vehículos de carga en los corredores logísticos estratégicos, que deba expedirse por el Ministerio de Transporte de manera conjunta con los municipios, teniendo en cuenta entre otros, criterios como la obtención de acuerdos por parte del conjunto de las autoridades involucradas, la baja afectación de zonas ubicadas dentro de los corredores y de los sectores económicos involucrados, la disponibilidad constante de los corredores y la efectividad de las medidas de mitigación propuestas.

3.

Analizar técnica y económicamente la reglamentación que estime pertinente, del flujo de carga en los corredores logísticos, expedida por las entidades territoriales.

4.

Conformar los comités técnicos necesarios para su adecuado funcionamiento.

5.

Designar en la primera sesión al Secretario (a) Técnico (a) de la Comisión, así como su reemplazo en las faltas absolutas, temporales o accidentales.

6.

Darse su propio reglamento.

7.

Las demás necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la Comisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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