ARTICULO 52 . Notificación del pliego de cargos a ex funcionarios . Si el investigado se encuentra desvinculado de la entidad o suspendido del empleo se le citará para hacerle entrega del pliego de cargos, mediante telegrama dirigido a la dirección residencial que aparezca registrada en su hoja de vida o de la que se tenga noticia por cualquier medio, dejando constancia de ello en el expediente. Si transcurridos cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de envió del telegrama, el investigado no se presentare a notificarse de los cargos, se le enviará por correo certificado o por otro medio que garantice su destino copia del pliego de cargos y se continuará la investigación administrativa disciplinaria hasta su terminación definitiva.
Decreto 1646 de 1991 →Vigente
Artículo 52
Decreto 1646 de 1991 · por el cual se establece el Régimen Administrativo Disciplinario de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos Nacionales y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.