Micelio

Artículo 6

El Secretario General, El Consejero Del Ministro, Los Jefes De Rama Y De División, Los Jefes De Oficina Y De Sección, Y El Director Nacional De Valorización Son Funcionarios De Libre Nombramiento Y Remoción Del Gobierno, Sin Sujeción A Las Normas Del Decreto-Ley 1132 De 1960

Decreto 151 de 1967 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Obras Públicas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Secretario General, el Consejero del Ministro, los Jefes de Rama y de División, los Jefes de Oficina y de Sección, y el Director Nacional de Valorización son funcionarios de libre nombramiento y remoción del Gobierno, sin sujeción a las normas del Decreto-ley 1132 de 1960.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 151 de 1967