Micelio

Artículo 2.3.4.8.8

Comités De Administración Sectorial

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comités de Administración Sectorial. Los Comités de Administración Sectorial del Fondo ejercerán de manera autónoma e independiente la gobernanza de cada subcuenta, en atención a la naturaleza y destinación de los recursos de cada una de ellas. Los Comités de Administración Sectorial estarán conformados de la siguiente manera

1.

El Comité de Administración Sectorial de la Subcuenta de Transición Energética e Industrial estará conformado por: Dos (2) delegados del Ministerio de Minas y Energía, Dos (2) delegados del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, Un (1) delegado de la Unidad de Planeación Minero-Energética, Un (1) delegado del Departamento Nacional de Planeación

2.

El Comité de Administración Sectorial de la Subcuenta de Reforma Rural Integral estará conformado por: Un (1) delegado del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Un (1) delegado de la Agencia Nacional de Tierras, Un (1) delegado de la Agencia de Desarrollo Rural.

3.

El Comité de Administración Sectorial de la Subcuenta de Agua Potable y Saneamiento Básico estará conformado por: Dos (2) delegados del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Un (1) delegado de Fonvivienda, Un (1) delegado del Departamento Nacional de Planeación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1068 de 2015