Artículo primero. Apruébase la siguiente reforma de los estatutos de la Caja Nacional de Previsión: " ACUERDO NUMERO 31 BIS DE 1964 (agosto 24) por el cual se hace una reforma a los estatutos de la Caja Nacional de Previsión. La Junta Directiva de la Caja Nacional de Previsión, en uso de las facultades que le confiere el artículo 37 del Acuerdo número 16 de 1963, aprobado por el Decreto número 711 de 1963, acuerda:
Decreto 2454 de 1964 →Vigente
Artículo 37
Del Acuerdo Número 16 De 1963, Aprobado Por El Decreto Número 711 De 1963, Acuerda:
Decreto 2454 de 1964 · por el cual se aprueba una reforma en los estatutos de la Caja Nacional de Previsión.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.