°. Objetivo . El comité técnico de apoyo tendrá como objetivo la elaboración de observaciones y conceptos dirigidos a los defensores de familia que adelantarán el restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que salgan de los campamentos de las FARC-EP, en desarrollo y con ocasión del plan transitorio de acogida anunciado mediante Comunicado Conjunto número 97 en virtud de lo convenido en el «Acuerdo sobre la salida de menores de 15 años de los campamentos de las FARC-EP y compromiso con la elaboración de una hoja de ruta para la salida de todos los demás menores de edad y un programa integral para su atención”.
Para el efecto, el comité técnico de apoyo entregará, transcurridos quince (15) días desde la salida del menor del campamento, un documento con observaciones y conceptos generales dirigidos a los defensores de familia a los que alude este artículo, en los cuales se propondrán medidas y enfoques orientados a la eficiencia del proceso administrativo de restablecimiento de derechos. El defensor de familia resolverá lo procedente una vez recibidas las observaciones y conceptos elaborados por el comité técnico de apoyo, resolución que deberá respetar las indicadas observaciones y conceptos y guardar coherencia con estas, siempre teniendo en cuenta el interés superior del niño, niña o adolescente. Sesenta (60) días después, el comité deberá entregar un documento que proponga mecanismos que permitan la veeduría ciudadana, en los términos de la Ley 850 de 2003, del Programa Integral Especial que finalmente adopte el Gobierno nacional para continuar con el restablecimiento de los menores de edad que salgan de los campamentos de las FARC-EP, una vez agotado el plan transitorio de acogida.