Micelio

Artículo 15

Vigencia

Decreto 1226 de 1997 · por el cual se reglamenta el otorgamiento del subsidio establecido en el artículo 94 de la Ley 160 de 1994.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíque se y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, a 6 de mayo de 1997. HORACIO SERPA URIBE El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Antonio Eduardo Gómez Merlano.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1226 de 1997