Micelio

Artículo 4

Ley 27 de 1896 · Por la cual se fijan los sueldos de varios empleados del Departamento de Relaciones Exteriores

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los viáticos de estos empleados serán los siguientes:

Para los Ministros de 1.ª clase, tres mil pesos para la ida de Colombia, é igual suma para la vuelta al país; Para los Ministros de 2.ª clase, mil quinientos pesos para la ida, é igual suma para la vuelta;

Para los Ministros de 3.ª clase, mil doscientos cincuenta pesos para la ida, y otro tanto para la vuelta;

Para los Secretarios de Legación de 1.ª y 2.ª clase, mil pesos para la ida, e igual suma para la vuelta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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