º . Inspección y Vigilancia. La Superintendencia de Valores ejercerá la inspección y vigilancia de las bolsas de bienes y productos agropecuarios y agroindustriales, sus miembros y los organismos de compensación y liquidación de las operaciones realizadas a través de las mismas, o quienes hagan sus veces. Para el efecto, el Superintendente de Valores y los Superintendentes Delegados de la Superintendencia de Valores tendrán las mismas atribuciones, competencias y funciones delegadas que las normas les atribuyen respecto del mercado de valores, en particular aquellas relacionadas con las bolsas de valores y los comisionistas de estas bolsas.
Decreto 573 de 2002 →Vigente
Artículo 4
Decreto 573 de 2002 · por el cual se dictan normas sobre la vigilancia de las bolsas de productos agropecuarios y agroindustriales, sus miembros y los organismos de compensación y liquidación de sus operaciones y se establecen capitales mínimos a estas entidades.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.