Micelio

Artículo 2.2.30.8

Instancias Para El Trámite De Solicitud De Autorización Para El Despliegue De Redes E Infraestructura De Telecomunicaciones

Decreto 1078 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Instancias para el trámite de solicitud de autorización para el despliegue de redes e infraestructura de telecomunicaciones. A parte de la entidad territorial competente para conocer y decidir la solicitud de autorización para el despliegue de redes e infraestructura de telecomunicaciones, el solicitante solo deberá adelantar en los casos en que resulte aplicable, ante las siguientes entidades el respectivo trámite para el cumplimiento de los requisitos dispuestos en la normativa vigente: cuando se trate del uso del espectro radioeléctrico ante el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, cuando se trate del permiso de alturas ante la Aeronáutica Civil de Colombia, cuando se trate de licencias de tipo ambiental ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales o las Corporaciones Autónomas Regionales y, cuando se trate de licencias de construcción y/o ocupación del espacio público ante los curadores urbanos y/o las Oficinas de Planeación de los Municipios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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