Micelio

Artículo 30

Decreto 1220 de 1996 · por el cual se establecen disposiciones para la aplicación de las normas Sobre Valoración Aduanera del Acuerdo del Valor del GATT de 1994 y de las Decisiones 378 y 379 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Procedimiento. Para la aplicación de las sanciones previstas en los numerales 1, 2, 4, 5, 7, 8 y 9 del artículo anterior, se seguirá el procedimiento previsto en el artículo 2º del Decreto 1800 de 1994 o las normas que lo modifiquen o sustituyan. Cuando se presenten las causales previstas en los numerales 3 y 6 del artículo 28 de este Decreto, se deben liquidar y pagar además de los mayores tributos e intereses a que haya lugar, las sanciones previstas en este Decreto, pudiéndose reducir en la forma establecida en el numeral 2 del artículo 11 del Decreto 1800 de 1994, aplicando el procedimiento del artículo 3º del mismo Decreto o las normas que los modifiquen o sustituyan. En este caso también deberá diligenciarse una nueva Declaración Andina del valor, que soporte la Declaración de Corrección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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