Micelio

Artículo 3

Decreto 2719 de 2001 · por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Vicecontralor . A partir del 1º de enero de 2001, el Vicecontralor tendrá derecho a percibir una remuneración mensual de seis millones cuatrocientos veinte mil noventa y tres pesos ($6.420.093) M/cte., de los cuales el 50% corresponde a Gastos de Representación. Además, tendrá derecho a percibir una prima de alta gestión equivalente a un millón seiscientos setenta y cuatro mil novecientos ochenta y tres pesos ($1.674.983) M/cte. y una prima técnica equivalente a la suma de dos millones noventa y tres mil setecientos veintinueve pesos ($2.093.729) M/cte. La prima técnica y de alta gestión de que trata este artículo no constituyen factor salarial para ningún efecto legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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