Micelio

Artículo 159

El Impuesto Del Oro Se Liquidará Sobre El Valor En Que Haya Asegurado, Y A La Falta De Éste O Si El Administrador Lo Cree Conveniente, Sobre El Avalúo, Que Se Hará Por Dos Peritos Nombrados Por El Administrador De La Oficina Respectiva

Decreto 160 de 1923 · Por medio del cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del Exterior y se resumen las disposiciones legislativas que con ese servicio tienen relación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El impuesto del oro se liquidará sobre el valor en que haya asegurado, y a la falta de éste o si el Administrador lo cree conveniente, sobre el avalúo, que se hará por dos peritos nombrados por el administrador de la oficina respectiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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