º La residencia principal de este Resguardo será en Cupica, y estará bajo la dependencia de la Administración de la Aduana de Buenaventura.
Decreto 519 de 1909 →Vigente
Artículo 3
º La Residencia Principal De Este Resguardo Será En Cupica, Y Estará Bajo La Dependencia De La Administración De La Aduana De Buenaventura
Decreto 519 de 1909 · Por el cual se crea un Cuerpo de Resguardo en las costas del Pacífico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.