Micelio

Artículo 5

Los Funcionarios Que A La Fecha De Publicación Del Presente Decreto Se Hallen Nombrados En Cualquiera De Los Cargos Señalados En El Artículo Primero Y Que No Sean Incorporados En La Nueva Planta De Personal Tendrán Derecho Al Pago De Indemnizaciones O De Las Bonificaciones En Los Términos De Que Tratan Los Artículos 46 Al 50 Del Decreto 2165 De 1992, Siempre Y Cuando Se Cumplan Con Los Presupuestos Legales Establecidos Para Tal Efecto

Decreto 2302 de 1993 · por el cual se establece la Planta de Personal de la Superintendencia Nacional de Salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los funcionarios que a la fecha de publicación del presente Decreto se hallen nombrados en cualquiera de los cargos señalados en el artículo primero y que no sean incorporados en la nueva planta de personal tendrán derecho al pago de indemnizaciones o de las bonificaciones en los términos de que tratan los artículos 46 al 50 del Decreto 2165 de 1992, siempre y cuando se cumplan con los presupuestos legales establecidos para tal efecto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2302 de 1993