Para convenir, firmar y declarar a nombre de la Nación, y en general obligarse con las solemnidades a que haya lugar en cumplimiento de la presente Ley, quedan expresamente facultados los Ministerios de la Defensa Nacional y el de Obras Públicas.
Ley 31 de 1968 →Vigente
Artículo 2
Ley 31 de 1968 · por la cual se ordena una cesión a favor del Municipio de Ibagué, y se señalan unas facultades.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.