°. La inscripción previa de las empresas o establecimientos se iniciará el día primero (1°) del mes de abril de 1949, y quedará cerrada el día veintidós (22) del mismo mes. La inscripción de los trabajadores se llevará a cabo desde el día veinticinco (25) de abril hasta el día cinco (5) de mayo de 1949. En esta última inscripción se incluirán todos aquellos trabajadores que el día veinticinco (25) de abril estén al servicio de las empresas, o actividades enumeradas en el presente Reglamento. CAPITULO II Inscripción previa efe las empresas y entrega del material de inscripción de los trabajadores.
Decreto 722 de 1949 →Vigente
Artículo 5
La Inscripción Previa De Las Empresas O Establecimientos Se Iniciará El Día Primero (1°) Del Mes De Abril De 1949, Y Quedará Cerrada El Día Veintidós (22) Del Mismo Mes
Decreto 722 de 1949 · Por el cual se aprueba el Reglamento de Inscripciones del Primer Contingente de Afiliados al Seguro Social Obligatorio de Enfermedad-Maternidad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.