Micelio

Artículo 7

º

Decreto 2192 de 1991 · por el cual se determina la forma y oportunidad del reconocimiento de los gastos relacionados con la financiación de las campañas electorales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Las autoridades competentes dispondrán la apertura de líneas de crédito con condiciones especiales para facilitar el acceso a estos recursos. Salvo en el caso del artículo 2o. de este Decreto, para la concesión de créditos se requiere autorización del representante legal de los respectivos partidos o movimientos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2192 de 1991