El Director Del Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social, Proveerá Los Empleos Creados En El Presente Decreto Mediante La Incorporación Directa De Los Servidores De La Agencia Presidencial Para La Acción Social Y La Cooperación Internacional Necesarios Para Atender Las Funciones Del Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social Y Cuya Incorporación Se Haya Ordenado En Esta Entidad
Decreto 4966 de 2011 · por el cual se establece la planta de personal del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. El Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, proveerá los empleos creados en el presente decreto mediante la incorporación directa de los servidores de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional necesarios para atender las funciones del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y cuya incorporación se haya ordenado en esta entidad.
Parágrafo
La incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal que se aprueba en el presente decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los treinta (30) días siguientes, a la fecha de publicación del presente decreto. Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.