Micelio

Artículo 13

Ley 66 de 1936 · Por la cual se establece el ahorro obligatorio de los empleados y obreros, se crea la Sección de ahorro y previsión social y se dictan otras disposiciones relacionadas con la construcción de habitaciones económicas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda infracción u omisión de lo establecido en la presente Ley, será castigada con una multa igual al doble del valor de la suma o beneficio dejado de aportar oportunamente, más los intereses legales de mora, multa que impondrá la Oficina General del Trabajo, mediante denuncio comprobado, presentado por cualquier empleado u obrero o por cualquier organización de los mismos con personería jurídica, pudiendo hacerse efectiva directamente por la Sección o por conducto de los Jueces de Ejecuciones Fiscales de la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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