Ámbito de aplicación. El presente capítulo se dirige a las autoridades ambientales competentes a que se refiere el artículo 2.2.9.10.1.3, y a las personas naturales o jurídicas que cacen la fauna silvestre nativa en el país, en adelante denominadas usuarios. La tasa compensatoria en materia de caza científica incluye (i) los permisos de estudio con fines de investigación científica de que trata el artículo 2.2.1.5.1.1 y siguientes del presente decreto (caza científica con fines comerciales); (ii) los permisos de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial de que trata el artículo 2.2.2.8.1.1 y siguientes del presente decreto (caza científica no comercial); y, (iii) los permisos de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales de que trata el artículo 2.2.2.9.2.1 y siguientes del presente decreto (caza científica para estudios ambientales), o los que los modifiquen o sustituyan. Las autoridades ambientales competentes deben examinar en cada caso concreto, si las autorizaciones en materia de caza o recolecta que se otorguen en materia de fauna silvestre, son susceptibles de afectar de manera directa y específica a comunidades étnicas, caso en el cual, se impondrá la realización del deber de la consulta previa.
Decreto 1076 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.9.10.1.2
Ámbito De Aplicación
Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.