Micelio

Artículo 6

Término Para Rendir Concepto

Decreto 1991 de 1997 · por el cual se reglamenta el artículo 25 de la Ley 300 de 1996 y se modifica el numeral 9 del artículo 1° del Decreto 500 del 28 de febrero de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Término para rendir concepto. El Comité de Peajes Turísticos tendrá un término de dos meses contados a partir de la fecha de radicación de la solicitud en la Secretaría por parte del respectivo Consejo Municipal, para rendir concepto sobre el establecimiento del Peaje Turístico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1991 de 1997