° Los Inspectores Generales de Telégrafos, como empleados de manejo, están en la obligación de rendir sus cuentas de conformidad con las disposiciones establecidas o que establezca la Contraloría General de la República. Copias de estas cuentas y sus comprobantes serán remitidos por los Inspectores a los Departamentos de Control y Explotación de Telégrafos del Ministerio. El incumplimiento de lo ordenado en este artículo será fuertemente sancionado.
Decreto 1787 de 1938 →Vigente
Artículo 3
Los Inspectores Generales De Telégrafos, Como Empleados De Manejo, Están En La Obligación De Rendir Sus Cuentas De Conformidad Con Las Disposiciones Establecidas O Que Establezca La Contraloría General De La República
Decreto 1787 de 1938 · Por la cual se reglamenta el pago de los gastos relacionados con el remonte y construcción de las líneas telegráficas y telefónicas de la Republica, y se deroga la Resolución marcada con el número 99, de fecha 27 de enero del presente año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.