Micelio

Artículo 3

Los Inspectores Generales De Telégrafos, Como Empleados De Manejo, Están En La Obligación De Rendir Sus Cuentas De Conformidad Con Las Disposiciones Establecidas O Que Establezca La Contraloría General De La República

Decreto 1787 de 1938 · Por la cual se reglamenta el pago de los gastos relacionados con el remonte y construcción de las líneas telegráficas y telefónicas de la Republica, y se deroga la Resolución marcada con el número 99, de fecha 27 de enero del presente año

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los Inspectores Generales de Telégrafos, como empleados de manejo, están en la obligación de rendir sus cuentas de conformidad con las disposiciones establecidas o que establezca la Contraloría General de la República. Copias de estas cuentas y sus comprobantes serán remitidos por los Inspectores a los Departamentos de Control y Explotación de Telégrafos del Ministerio. El incumplimiento de lo ordenado en este artículo será fuertemente sancionado.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1787 de 1938