La vía de que se trata deberá tener las condiciones apropiadas para el tránsito de ruedas, y medirá una latitud mínima de seis metros.
Ley 72 de 1896 →Vigente
Artículo 4
Ley 72 de 1896 · por la cual se auxilian algunas vías de comunicación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.