º . Consejo Directivo . El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, tendrá un Consejo Directivo integrado por
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado, quien lo presidirá.
El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.
Un miembro del Consejo del Programa Nacional de Ciencia y Tecnología Agropecuarias, que represente al sector público o su suplente.
Un representante del Presidente de la República o su suplente.
El Presidente Ejecutivo de la Sociedad de Agricultores de Colombia, SAC, o su delegado.
El Presidente Ejecutivo de la Federación Colombiana de Ganaderos, FEDEGAN, o su delegado.
Un representante de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos, ANUC.
El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Instituto cumplirá la función de Secretario del Consejo Directivo.
A las reuniones del Consejo Directivo concurrirá con voz pero sin voto el Gerente General. También podrán concurrir en la misma condición, los demás funcionarios que el Consejo Directivo o el Gerente General determinen.
Los miembros del Consejo Directivo, excepto quienes tengan el carácter de empleados públicos, se posesionarán ante el Presidente del mismo.