Micelio

Artículo 2

Ley 100 de 1959 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración del cincuentenario de la fundación de Caicedonia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Como contribución del Tesoro Nacional a esta conmemoración, destínase la suma de setecientos mil pesos, los cuales se invertirán en el Municipio de Caicedonia para las siguientes obras:

a)

Galerías o plaza de mercado cubierto, trescientos mil pesos ($300.000.00);

b)

Para matadero municipal, cien mil pesos ($100.000.00);

c)

Para planta de purificación en el Acueducto, cien mil pesos (S100.000.00), y

d)

Como auxilio para la construcción del Colegio Bolivariano, doscientos mil pesos ($ 200.000.00).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 100 de 1959