Micelio

Artículo 21

A Los Individuos Que Quieran Marchar Al Caquetá En El Propósito De Establecerse Como Colonos, El Gobierno Les Dará Un Auxilió Cuya Cuantía Será Fijada Por El Ministerio De Obras Públicas, Teniendo En Cuenta Las Circunstancias De Cada Caso

Decreto 208 de 1910 · Por el cual se dispone el fomento de una Colonia Agrícola en el territorio del Caquetá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A los individuos que quieran marchar al Caquetá en el propósito de establecerse como colonos, el Gobierno les dará un auxilió cuya cuantía será fijada por el Ministerio de Obras Públicas, teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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