°. Cuando la entidad sindical que desée reunirse sea de primer grado, el permiso podrá ser solicitado por intermedio de la federación o confederación a que esté afiliada.
Decreto 1479 de 1952 →Vigente
Artículo 3
Cuando La Entidad Sindical Que Desée Reunirse Sea De Primer Grado, El Permiso Podrá Ser Solicitado Por Intermedio De La Federación O Confederación A Que Esté Afiliada
Decreto 1479 de 1952 · Sobre reuniones sindicales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.