º. La tasa para calcular los rendimientos de los Bonos de Valor Constante a que se refiere el numeral 4º del artículo 8º del Decreto 2337 de 1996, se determinará así
Para los Bonos de Valor Constante, serie "A", la tasa efectiva anual equivalente a la variación porcentual anual del Indice de Precios al Consumidor -VIPC- para ingresos medios, certificada por el DANE para el año respectivo, definido este último, como aquel cuyo vencimiento haya ocurrido el último día del mes calendario inmediatamente anterior a la fecha de exigibilidad del título, adicionado en 4.835%, pagaderos al vencimiento, de acuerdo con la siguiente fórmula: i = [(1 + VIPC) (1 + 0,04835)]-1.
Para los Bonos de Valor Constante, serie "B", los rendimientos semestrales sobre saldos se liquidarán a la tasa efectiva semestral equivalente a la definida en el punto anterior, es decir: i = [(1 + VIPC) (1 + 0,04835) 1/2- 1