Micelio

Artículo 31

Corresponde Al Instituto Nacional De Radio Y Televisión Desarrollar Y Ejecutar Los Planos Y Proyectos Generales Que Adopte El Ministerio De Comunicaciones Sobre La Materia, Y La Prestación De Los Servicios Oficiales De Carácter Educativo, Cultural E Informativo Por Los Sistemas De Radiodifusión Y Televisión Nacionales, Con Sujeción A La Política Y Normas Generales Que Establezca El Gobierno

Decreto 3267 de 1963 · Por el cual se dictan disposiciones sobre reorganización y funcionamiento del ministerio de comunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde al Instituto Nacional de Radio y Televisión desarrollar y ejecutar los planos y proyectos generales que adopte el Ministerio de Comunicaciones sobre la materia, y la prestación de los servicios oficiales de carácter educativo, cultural e informativo por los sistemas de radiodifusión y televisión nacionales, con sujeción a la política y normas generales que establezca el Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3267 de 1963