Artículo decimoquinto. Para la presentación, aprobación, publicación, vigencia, objeciones y modificaciones del reglamento interno de funcionamiento de los servicios o agencias de colocación o empleo, se aplicará el procedimiento señalado en el Título IV, Capítulo 1º, artículos 117 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo y Decreto 617 de 1954, artículos 5° y 6º, pero la actuación se cumplirá por conducto de la División de Empleo y Recursos Humanos.
Decreto 2676 de 1971 →Vigente
Artículo 15
Decreto 2676 de 1971 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2318 de 1953, y se regula el funcionamiento de los servicios o agencias lucrativas particulares de colocación o empleo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.