° Reclasificanse los siguientes cargos en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público: Administración de Impuestos Nacionales de Armenia. Despacho del Administrador. 1 Aseadora I-1 por 1 Aseadora II-2. Administración de Impuestos Nacionales de Barranquilla. Despacho del Administrador. 2 Aseadoras 1-1 por 2 Aseadoras II-2. Administración de Impuestos Nacionales de Bucaramanga. Despacho del Administrador. 2 Aseadoras I-1 por 2 Aseadoras II-2. Administración de Impuestos Nacionales de Cali. Despacho del Administrador. 3 Aseadoras I-1 por 3 Aseadoras II-2. Administración de Impuestos Nacionales de Cartagena. Despacho del Administrador. 2 Aseadoras I-I por 2 Aseadoras II-2. Administración de Impuéstos Nacionales de Cúcuta. Despacho del Administrador. 2 Aseadoras I-1 por 2 Aseadoras II 2. Administración de Impuestos Nacionales de Girardot Despacho del Administrador. 1 Aseadora 1-1 por 1, Aseadora II-2. Administración de Impuestos Nacionales de Ibagué. Despacho del Administrador. 2 Aseadoras I-1 por 2 Aseadoras II 2. Administración de Impuestos Nacionales de Manizales. Despacho del Administrador. 2 Aseadoras I-1 por 2 Aseadoras II-2. Administración de Impuestos Nacionales de Medellín. Despacho del Administrador. 5 Aseadoras I-1 por 5 Aseadoras II-2. Administración de Impuestos Nacionales de Montería. Despacho del Administrador. 1 Aseadora I-1 por 1 Aseadora II-2. Administración de Impuestos Nacionales de Neiva. Despacho del Administrador. 1 Aseadora I-1 por 1 Aseadora II-2. Administración de Impuestos Nacionales de Pasto: Despacho del Administrador. 1 Aseadora I-1 por 1 Aseadora II-2. Administración de Impuestos Nacionales de Palmira. Despacho del Administrador. 1 Aseadora I-1 por 1 Aseadora II-2. Administración de Impuestos Nacionales de Pereira Despacho del Administrador. 1 Aseadora I-1 por 1 Aseadora II-2. Administración de Impuestos Nacionales de Popayán Despacho del Administrador. 1 Aseadora I-1 por 1 Aseadora II-2. Administración de Impuestos Nacionales de Quibdó. Despacho del Administrador. 1 Aseadora I-1 por 1 Aseadora II-2. Administración de Impuestos Nacionales de Santa Marta. Despacho del Administrador. 1 Aseadora I-1 por 1 Aseadora II-2. Administración de Impuestos Nacionales de Tunja. Despacho del Administrador. 2 Aseadoras I-1 por 2 Aseadoras II-2 Administración de Impuestos Nacionales de Tuluá. Despacho del Administrador. 1 Aseadora I-1 por 1 Aseadora II-2 Administración de Impuestos Nacionales de Villavicencio. Despacho del Administrador. 1 Aseadora I-1 por 1 Aseadora II-2.
Decreto 3490 de 1962 →Vigente
Artículo 1
Reclasificanse Los Siguientes Cargos En El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público: Administración De Impuestos Nacionales De Armenia
Decreto 3490 de 1962 · Por el cual se reclasifican unos cargos en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.