C.8. Estaciones de bombeo de aguas negras. C 8.l. Para el proyecto hidráulico se utilizará la fórmula: P= KQ En donde: P = Precio en pesos. K = 11.200. Q = Caudal máximo, que comprende los aportes de aguas servidas, infiltración y conexiones erradas en litros/seg. C. 8. 2. Proyecto arquitectónico. Se pagará de acuerdo con las tarifas arquitectónicas vigentes para esta clase de trabajos. C 8.3. Proyecto estructural. Se pagará de acuerdo con las tarifas vigentes para esta clase de trabajos o por cualquiera de los sistemas de cobro establecidos en tarifa vigente aprobada por el Gobierno Nacional. C 8. 4. Proyecto eléctrico. P = k Q En donde: P = Precio en pesos. K = 2.000 Q = Caudal mínimo del ordinal B. 8. 1.
Decreto 324 de 1978 →Vigente
Artículo 21
C
Decreto 324 de 1978 · Por el cual se adicionan y modifican unas tarifas profesionales (ingeniería)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.