º Rifas mayores. Son aquellas cuyo plan de premios tiene un valor comercial superior a los doscientos cincuenta (250) salarios mínimos legales mensuales, o aquellas que se ofrecen al público en más de un municipio o distrito o que tienen carácter permanente.
Son permanentes las rifas que realice un mismo operador con sorteos diarios, semanales, quincenales o mensuales en forma continua o ininterrumpida, independientemente de la razón social de dicho operador o del plan de premios que oferte y aquellas que, con la misma razón social, realicen operadores distintos diariamente o en forma continua o ininterrumpida.