Artículo segundo. La emisión de los Bonos Agrarios, Clase "B", se hará con fecha 15 de diciembre 1968 y tendrá las siguientes denominaciones: Serie No de Bonos Valor nominal Valor de la Serie A 500 $ 1.000 $ 500.000 B 500 5.000 2.500.000 C 700 10.000 7.000.000 E 1.400 50.000 70.000.000 F 1.200 100.000 120.000.000 4.300 200.000.000
Decreto 2505 de 1968 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2505 de 1968 · por el cual se ordena la emisión y se fijan las denominaciones para los "Bonos Agrarios de la Clase ‘B’, emisión de 1968”.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.