Artículo noveno. Son funciones del Gerente del Fondo, las siguientes
Representar judicial y extrajudicialmente al "Fondo para el Transporte en el Municipio de Barranquilla".
Presentar a la Junta Administradora los programas relacionados con el funcionamiento del Fondo.
Elaborar el proyecto de los presupuestos anual y mensual de ingresos y egresos del Fondo, que serán sometidos a la aprobación de la Junta Administradora.
Sancionar de acuerdo con los artículos 12 y 24 del presente Decreto a los patronos y a los empresarios de transporte que violen las disposiciones legales.
Nombrar el personal subalterno que autorice la Junta Administradora.
Celebrar contratos hasta por la cantidad de $2.000.00.
Las demás funciones que le señale la Junta Administradora del Fondo.