° Funciones. El Comité Asesor de Regulación Económica ejercerá las siguientes funciones
Evaluar y coordinar los proyectos de normas necesarios para ejercer la intervención por parte del Gobierno en las actividades financiera, bursátil y aseguradora. En desarrollo de esta función, el Comité podrá analizar los proyectos de normas de intervención que deban ser expedidas por el Gobierno por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Sala General de la Superintendencia de Valores.
Coordinar con las Superintendencias Bancaria y de Valores las demás tareas que deba realizar la Dirección General de Regulación Económica, relacionadas con las facultades de intervención del Gobierno Nacional en las actividades financiera, aseguradora y el mercado público de valores.
Recomendar a la Dirección General de Regulación Económica y a las Superintendencias Bancaria y de Valores, la realización de estudios técnicos y jurídicos que sirvan de fundamento a las normas de intervención que deba expedir el Gobierno.
Coordinar de manera general con las Superintendencias Bancaria y de Valores, la definición de los mecanismos de control que deban adoptarse para el cumplimiento de las normas de intervención que dicte el Gobierno Nacional en las actividades financiera, bursátil y aseguradora;
Solicitar a las entidades del Estado la información que considere necesaria para el ejercicio de sus funciones.
Dictarse su propio reglamento.