Remuneración. La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), deberá, en un término no superior a doce (12) meses contados a partir de la expedición del presente decreto, determinar el (o los) esquema(s) de remuneración aplicable a los diferentes servicios que puedan prestar los SAE, de conformidad y en armonía con la regulación vigente.
TEXTO CORRESPONDIENTE A