Micelio

Artículo 45

Terminada La Diligencia De Indagatoria, En Vista De Ella Y De La Publicación Presentada Con La Denuncia O Querella, Se Dictara, Dentro De Los Dos Días Siguientes, El Auto En El Cual Se Calificara El Hecho Incriminado Y Se Determinara El Artículo Que Se Considere Aplicable

Decreto 271 de 1957 · Por el cual se dictan disposiciones sobre prensa

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Terminada la diligencia de indagatoria, en vista de ella y de la publicación presentada con la denuncia o querella, se dictara, dentro de los dos días siguientes, el auto en el cual se calificara el hecho incriminado y se determinara el artículo que se considere aplicable. En esta misma providencia se ordenara comunicar la iniciación del proceso al Ministerio de Gobierno para los efectos del artículo 3o., y a la Corte Suprema de Justicia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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