En desarrollo de su objeto corresponde a la entidad:
Prestar en nombre del Estado el servicio público de televisión y radiodifusión oficial para la producción y transmisión de programas docentes, culturales, deportivos, recreativos, informativos y de entretenimiento.
Prestar directamente o contratar el servicio de transmisión de señales de televisión en las diferentes modalidades tecnológicas destinadas a ser recibidas por el público.
Inravisión podrá establecer o autorizar bajo su control canales de televisión cuyas transmisiones se efectuarán en regiones determinadas del territorio nacional.
Conceder contractualmente a personas naturales o jurídicas espacios en cadenas comerciales de Televisión, mediante el procedimiento general de licitación pública, con las modalidades y excepciones previstas en la presente Ley y en las normas concordantes.
Conceder por vía de excepción y transitoriamente espacios a las Empresas de Televisión legalmente clasificadas y calificadas en el registro de empresas concesionarias sin el requisito previo de la licitación, en aquellos casos en que proceda legalmente la entrega de espacios ya adjudicados o la caducidad administrativa de los contratos de concesión.
Prestar a otras empresas o personas, en forma remunerada, los servicios de estudios, de laboratorios de cinematografía, de grabación fonóptica y magnética y los demás servicios que la entidad esté en capacidad de ofrecer por razón de sus actividades.
Organizar o entrar a formar parte de Sociedades o Asociaciones preexistentes para el establecimiento y prestación de servicios a su cargo.
Autorizar a través de contratos de Asociación con las empresas concesionarias de espacios, la transmisión de programas de acuerdo a la reglamentación que adopte el Consejo Nacional de Televisión, y con terceros cuando dichas empresas no estén con capacidad de efectuar las transmisiones.
Realizar todas las operaciones lícitas para el desarrollo de su objeto directa o indirectamente, tales como producir, comprar, vender, tomar o dar en arrendamiento toda clase de bienes.
Podrá igualmente adquirir derechos de autor.
Realizar los demás actos y contratos propios de su naturaleza y consecuentes con sus fines.
La programación, modalidades, origen y promoción de los servicios de la Radio Nacional y los canales de carácter educativo-cultural, serán determinados por el Gobierno Nacional.