Voceros ante la instancia de decisión. Los representantes de tos alcaldes y gobernadores miembros de la instancia de decisión, previo al inicio de cada sesión, elegirán un vocero quien coordinará la definición del sentido del voto del nivel que representan, en todos los asuntos que son competencia de esta instancia y dirimirá las diferencias que se presenten a lo largo de la sesión dentro de su nivel de gobierno. Así mismo, establecerá el sentido del voto, cuando no haya consenso dentro de los miembros del respectivo nivel de gobierno, cuando aplique. La decisión sobre el vocero designado debe ser informada al inicio de la sesión.”
Decreto 1821 de 2020 →Vigente
Artículo 1.2.11.1.5
Voceros Ante La Instancia De Decisión
Decreto 1821 de 2020 · Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.