Micelio

Artículo 3

Ley 31 de 1919 · Por la cual se concede un auxilio a varios ferrocarriles

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El auxilio expresado se cubrirá de acuerdo con las disposiciones de la Ley 61 de 1896 , y los pagos respectivos se harán por la suma que corresponda a trayectos de longitud no menor de cinco kilómetros, construidos en sección continua y dados al servicio público.

Parágrafo

En lo que respecta al Huila, el auxilio se pagará en la siguiente forma: la tercera parte cuando esté concluida la explanación de cada cinco kilómetros, y la restante, cuando estén enrielados definitivamente y suministrado el material necesario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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