De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1. de la Ley 7ª de 1944 el "Acuerdo sobre planificación de asentamientos humanos en los pasos de frontera entre la República de Colombia y la República del Ecuador", firmado en Santa Fe de Bogotá el diecisiete (17) de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996), que por el artículo 1. de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
Ley 521 de 1999 →Vigente
Artículo 2
Ley 521 de 1999 · por medio de la cual se aprueba el "Acuerdo sobre planificación de asentamientos humanos en los pasos de frontera entre la República de Colombia y la República del Ecuador", firmado en Santa Fe de Bogotá el diecisiéte (17) de diciembre de mil novecientos noventa y siete (1996)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.