Micelio

Artículo 2

Dicha Suma Será Pagada Por La Tesorería General De La República Con Imputación Al Capítulo 6, Artículo 34 Del Presupuesto De Gastos Para La Vigencia En Curso; Y Será Puesta Inmediatamente Á Disposición Del Señor Gobernador Y De La Junta De Higiene Del Departamento Del Magdalena

Decreto 722 de 1906 · Por el cual se auxilia al Departamento del Magdalena para el efecto de combatir la epidemia de fiebre amarilla

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Dicha suma será pagada por la Tesorería general de la República con imputación al capítulo 6, artículo 34 del Presupuesto de Gastos para la vigencia en curso; y será puesta inmediatamente á disposición del señor Gobernador y de la Junta de Higiene del Departamento del Magdalena.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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