Micelio

Artículo 2

° Para Que Los Damnificados Pobres Tengan Derecho Al Auxilio Decretado Por El Artículo 1

Decreto 807 de 1939 · Por el cual se reglamenta la Ley 190 de 1938, que atiende a una calamidad pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para que los damnificados pobres tengan derecho al auxilio decretado por el artículo 1.° de la Ley 90 de 1938, presentarán, dentro de los noventa días siguientes a la publicación del siguiente Decreto den el Diario Oficial , su solicitud ante la Junta de Auxilios, creada por el artículo anterior, con expresión de la clase de daños que le fueron causados por los riachuelos de Buenavista y Quebradahonda, y del valor de aquéllos, solicitud a la cual se acompañarán los documentos determinados en el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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