ARTICULO 16 . DECLARACION JURAMENTADA. Todo funcionario que ingrese al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, deberá presentar una declaratoria juramentada de sus bienes y rentas la cual se renovará anualmente, se especificará que son los únicos que posee el declarante, ya sea personalmente o por interpuesta persona, señalados a la fecha de dicha declaración.
Decreto 398 de 1994 →Vigente
Artículo 16
Decreto 398 de 1994 · por el cual se dicta el Régimen Disciplinario para el personal que presta sus servicios en el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.