ARTICULO 1º . Apruébase el Acuerdo número 7 de 1994 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente: «ACUERDO NUMERO 7 DE 1994 (mayo 4) El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y CONSIDERANDO
Que con base en el Decreto número 2078 de 1940 y en las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el Gobierno y la Federación celebraron, el 22 de diciembre de 1988, un contrato de administración y manejo del Fondo Nacional del Café y Prestación de Servicios;
Que con el fin de atender las necesidades de crédito de los caficultores en los frentes de la producción de café, la diversificación y la refinanciación prevista por la Ley 101 de 1993, se hace necesario capitalizar el Fondo Rotatorio de Crédito Cafetero creado mediante el Acuerdo número 6 de 1959 emanado del XXI Congreso Nacional de Cafeteros, en la suma de $4.500 millones, con recursos nuevos que se encuentran previstos en el Presupuesto del Fondo Nacional del Café para 1994;
Que el Comité aprobó la mencionada capitalización en su sesión del día 6 de abril de 1994 y que el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público emitió en la fecha su voto expreso y favorable a esa operación, ACUERDA: Artículo 1º . Autorízase a la Federación Nacional de Cafeteros para capitalizar los recursos ordinarios del Fondo Rotatorio de Crédito Cafetero, creado mediante Acuerdo número 6 de 1959 del XXI Congreso Nacional de Cafeteros, en la suma de $4.500 millones, con los recursos nuevos que se encuentran previstos para el efecto en el Presupuesto del Fondo Nacional del Café para 1994. Artículo 2º . Autorízase a la Gerencia de la Federación Nacional de Cafeteros para realizar todos los actos jurídicos, administrativos y presupuestales necesarios para perfeccionar esta operación. Artículo 3º Sométase el presente Acuerdo a la aprobación del señor Presidente de la República por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público. Aprobado en Santafé de Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del mes de mayo de 1994. El Presidente, (Fdo.) Luis Ignacio Múnera Cambas. El Secretario, (Fdo.) Hernando Galindo Mayne».